El nuevo procedimiento garantiza que los vehículos salgan ya inscriptos o munidos con una constancia de que se iniciaron los trámites correspondientes. Paula Rafaniello, directora de Recomóvil, señaló que resulta beneficioso porque el cliente “sale con una unidad ciento por ciento legal”.
Desde el pasado 5 de abril, y a partir de un nuevo procedimiento dispuesto por la Dirección Nacional de los Registros del Automotor, los comerciantes de motovehículos no pueden entregar las unidades hasta que las mismas no estén inscriptas en el Registro Seccional de la Propiedad del Automotor.
Sin embargo, en la reciente normativa están previstos los instrumentos para que el cliente pueda realizar el trámite necesario y llevarse prácticamente en el día “una unidad autorizada a circular en la vía publica”. Así lo destacó Paula Rafaniello, directora de Recomóvil, quien brindó detalles de la flamante reglamentación.
Esta determinación se tomó -según indica la propia normativa- para erradicar una “práctica generalizada” según la cual las motos eran entregadas sin haber cumplido con el obligatorio trámite de inscripción.
“Se verifica que esas unidades circulan por las vías públicas del país sin contar con la documentación necesaria” plantea, en sus considerandos, la disposición 667/2009.
Trámite sencillo
En la práctica, el cliente decidido a adquirir su nuevo motovehículo tiene dos vías. Una de ellas es que opte por delegar los trámites de inscripción en el Registro Seccional de la Propiedad del Automotor en el propio concesionario. En estos casos, puede hacerse entrega inmediata de las unidades y se otorga al mismo tiempo un Permiso de Circulación temporario con vigencia por siete días corridos.
En ese lapso, el comerciante asume la obligación de iniciar el trámite de inscripción correspondiente. Transcurridos los siete días, el cliente tiene que pasar nuevamente por el comercio, dejar su constancia transitoria y retirar como contrapartida la documentación final.
Por otra parte, si el cliente decide realizar por sí mismo el trámite, la unidad no puede salir de la concesionaria “hasta tanto traiga su cédula, chapa, seguro y casco” explicó la referente de Recomóvil. Aunque sostuvo que en su mayor parte, los adquirentes “se vuelcan a que le hagamos nosotros el trámite, porque es mucho más ágil”. “La diferencia que tiene en dinero es mínima, está retirando la unidad prácticamente en el día y ya puede circular tranquilo” aseveró.
“Es beneficioso”
“Para nosotros es algo muy beneficioso, porque estábamos acostumbrados a que el cliente venía, se llevaba la unidad y a veces no la patentaba, no le hacía seguro, o la retiraba sin casco” explicó Rafaniello. Y a partir del pasado 5 de abril “la unidad sale totalmente registrada, con seguro de responsabilidad civil y casco para el cliente”.
Para poder adaptarse a la flamante sistematización -que desde el año pasado tuvo pruebas piloto en algunas provincias- los agentes de concesionarias debieron participar de distintas instancias de capacitación. Que fueron dictadas tanto por empresas como por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (Acara).
Paula Rafaniello admitió que “es un poco más engorroso”. Aunque el costado positivo es que todas las unidades nuevas que circulan en la calle “son ciento por ciento legales”. “Están todas registradas” concluyó.
Fuente texto y fotos: http://www.ellitoral.com/
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